Image
Obcp - Opinión

Opinión

11/11/2015

Las Comunidades Autónomas y las entidades locales tienen nuevas obligaciones de transparencia tanto activa como pasiva.

09/11/2015

La jurisprudencia comunitaria nos muestra el requisito de la motivación en la adjudicación del contrato público, que define como formalidad sustancial y que renueva criterios que son remarcados y seguidos por la jurisprudencia interna.

26/10/2015

La “Estrategia Europa 2020” considera que la contratación pública “desempeña un papel clave” para contribuir activamente a implementar las políticas de la Unión en materia social.

12/10/2015

En esta opinión se recogen las principales conclusiones del trabajo “El recurso a las capacidades de otras entidades (o del intento de concretar el régimen jurídico de la integración de la solvencia mediante medios externos)”, publicado en GIMENO FELIU (dir.), Observatorio de los Contratos Públicos 2014, Aranzadi, 2015.

28/09/2015
Juan Martínez Martínez
Vocal del Tribunal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid hasta mayo de 2018. Actualmente presta servicios en la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid

La inadmisibilidad es una forma normal de terminación del procedimiento de recurso sin entrar a conocer el fondo del asunto, admitida por la ley y por el Tribunal Constitucional, entendiendo que no supone vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.

14/09/2015

La Ley 21/2015 concreta, en su Exposición de Motivos, que la sujeción al TRLCSP lo será bajo la figura del “contrato especial, puesto que son contratos que deben estar sometidos a la legislación sectorial forestal”.

03/09/2015

Antes de la transposición efectiva del cuarto paquete legislativo comunitario en materia de contratación pública, se plantean una serie de reflexiones y retos con el objetivo de abrir el debate.

31/08/2015
María Pilar Batet Jiménez
Jefa del Servicio de Contratación y Central de Compras en la Excma. Diputación Provincial de Castellón, desde 2003

El fraccionamiento indebido de los contratos utilizando la figura del contrato menor constituye un recurso habitual para evitar la aplicación de los principios básicos de la contratación pública. El contrato menor tiene por finalidad satisfacer de forma rápida aquellas necesidades de la administración pública de escasa cuantía -teóricamente- y duración temporal.

Nuestros colaboradores

  • Juan Antonio Gallo Sallent
    Presidente del Tribunal Català de Contractes del Sector Públic.
  • Asesora Legal en Coordinación de Dictámenes de Compras y Contrataciones con Financiamiento Externo -Dirección General de Asuntos Jurídicos - Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
  • Manuel Martín Acosta
    Jefe de Sección del Área de Contratación. Secretaría General del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
  • Socio of Counsel en Roca Junyent, S.L.P. (Departamento Derecho Público). Director del Anuario de Transparencia Local. Asesor de Formación del Consell Superior de la Justicia de Andorra
  • Jesús Colás Tenas
    Oficial Mayor de la Diputación Provincial de Zaragoza.
  • Abogada con despacho propio
  • Alejandro Blázquez Lidoy
    Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. Universidad Rey Juan Carlos.