Opinión
El dilatado período de tiempo en el que el Gobierno de la Nación ha permanecido en funciones ha provocado que se pusiera fin a la arraigada costumbre de reformar constantemente la legislación sobre Contratos del Sector Público.
El asunto C-406/14 analiza los posibles límites a la subcontratación al resolver una cuestión prejudicial planteada en el marco de un litigio entre Breslavia (Polonia) y el Ministro de Infraestructuras y Desarrollo del país.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con finalidad de regulación organizativa, tiene consecuencias prácticas en la legislación contractual que alteran los presupuestos sobre los que se ha articulado el régimen de la contratación de determinados organismos públicos.
A partir de la publicación en el DOUE ha tenido lugar un importante “movimiento” legislativo autonómico encaminado a redefinir las fórmulas de prestación de los servicios sociales.
La normativa de contratación pública ha experimentado en los últimos años una sucesión de reformas.
La contratación pública electrónica objeto de atención permanente por parte de las instituciones comunitarias de la UE.
A pesar de que los recientes pronunciamientos de la JCCA del Estado y de los Tribunales Administrativos de Contratación Pública dan por hecho que los preceptos de la Directiva 2014/24/UE relativos a medios de acreditación de la solvencia han sido ya incorporados al TRLCSP, un análisis comparativo de ambas normas evidencia significativas diferencias entre ellas.
Las consultas al mercado son una “novedad” de las nuevas Directivas de contratación pública, que pretenden ayudar a los poderes adjudicadores a conocer posibles soluciones (o incluso necesidades).
Nuestros colaboradores
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Profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de La Laguna -
Abogado y Consultor en ACAL (Abogados y Consultores de Administración). -
Titulado Superior Especialista en la Secretaría del Consejo y Dirección de Asuntos Jurídicos de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Patrono y Secretario del Patronato de la Fundación SEPI, F.S.P. -
Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Murcia. -
Advogado Cerqueira Gomes e associados, RL; Professor Convidado UCP Porto -
Jefa del Area de Contratación de la Agència de l’Habitatge de Catalunya (Jefa del Área de Contratación de la Agencia de la Vivienda de Catalunya) -
Profesor Contratado Doctor. Director del Observatorio Internacional de la Regulación de las Entidades Públicas. Director del Servicio Outside Counsel. Secretario del Departamento de Derecho Público. Director del Master en Protección de Datos


