Opinión
El principio de integridad debe guiar siempre la actuación de la administración pública, especialmente en los procesos de contratación, donde las entidades privadas se lucran con fondos públicos. Sin embargo, apenas se aplica a las empresas que licitan con el sector público. Las empresas que cometen graves vulneraciones de derechos humanos no tienen expresamente prohibido contratar con la administración y el procedimiento para aplicar el resto de prohibiciones no funciona. Aun así, hay alternativas, cuya competencia reside en cada poder adjudicador.
El Derecho, es una de las profesiones que cura. Mientras la medicina sana el cuerpo y la religión el espíritu, la Ley cura las grietas de la sociedad (Steven Keeva)
Nuestros colaboradores
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Subdirector General de Fomento de la Innovacion Empresarial, Secretaría de Estado de I+D+I, MINECO -
Secretario-Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Calañas (Huelva)
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Doctora en Derecho y abogada especializada en Derecho Administrativo y Urbanismo. -
Funcionaria de la Junta de Andalucía. -
Abogado de Proyectos del Grupo Empresarial Cal y Mayor y Asociados S,C. -
Presidente de Estudio Jurídico Internacional. Miembro del Comité Consultivo para la apertura de la Contratación Pública de la Comisión Europea.
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Exinterventora delegada de la CAIB. Presidenta del Tribunal de Recursos Contractuales del Parlamento de las Illes Balears.


