Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza
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Opinión
25/07/2011
La Ley 30/2007, de Contratos del Sector público pretendía establecer una nueva regulación en los procedimientos de adjudicación así como en la ejecución y control que fuera compatible con el derecho comunitario y facilitara la gestión administrativa (y ello justifica y explica la nueva y diversa estructura de la LCSP). Un reto de gran significado dado el carácter estructurante, en palabras de M. CARLON, de la legislación de contratación pública, así como de la incidencia en el diseño y puesta en práctica de políticas públicas.
Nuestros colaboradores
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Responsable de los Servicios Jurídicos de Gas Natural Comercializadora -
Consultor de costes y precios de contratos públicos -
Jefe de Servicio de Contratación y Junta Consultiva – Comunidad Autónoma de Canarias
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Responsable del Área de Regulación, Mercados y Competencia de la Autoritat Catalana de la Competencia desde el año 2003, Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya. -
Asesora legal en la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Infraestructura de la Nación. Argentina -
Profesor titular de Derecho Constitucional. Abogado. Secretario Superior de Administración Local y Administrador General de la CCAA de Canarias (excedente). -
Funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría Intervención. OEP 2022.


