Opinión
El objetivo de la Compra Pública Pre-Comercial (CPP) es la contratación de servicios de I+D. Si bien la CPP está sujeta tanto a los principios del TFUE como a los principios de la contratación pública, se encuentra fuera del ámbito de aplicación de las Directivas Europeas de Contratación Pública y del Acuerdo de Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, lo cual permite una mayor flexibilidad para activar una política de apoyo a la industria europea. Este artículo revisa el alcance de los servicios de I+D y algunas condiciones sobre su contratación.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sienta doctrina interpretando el artículo 19.1.a) de la LJCA. Así, sobre la base del principio pro actione, el Alto Tribunal reconoce la legitimación individual de cada uno de los miembros de una Unión Temporal de Empresas (UTE) para recurrir el acuerdo de adjudicación de un contrato.
Entendiendo contratación en el extranjero como aquellos procedimientos de licitación y adjudicación que se formalizan y ejecutan en el extranjero, y debiendo utilizarse si las particularidades de la ejecución en el extranjero, por su coste, destino, instalación y necesidades de conocimiento de los accesos de los países destinatarios del mismo, hacen más aconsejable la formalización en terceros estados.
Nuestros colaboradores
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Jefa de Servicio de Contratación de la Dirección General de Ferrocarriles, Ministerio de Fomento. -
Directora Ejecutiva de Exportun. Delegada Acocex en Valladolid. Cofundadora Cátedra Comercio Exterior Universidad de Valladolid. -
Técnico de Administración General en el Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Murcia. -
Comprador Público Certificado, especialista en Contrataciones Públicas de la República de Honduras, Conferencista y Docente. -
Profesor titular de Derecho Constitucional. Abogado. Secretario Superior de Administración Local y Administrador General de la CCAA de Canarias (excedente). -
Subdirector General -
Jefa de Servicio de Estudios y Documentación. Secretaría General de la Presidencia del Gobierno de Canarias. Letrada habilitada de los Servicios Jurídicos en la Presidencia del Gobierno de Canarias.


