Opinión
La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, mediante el fomento de la compra pública innovadora, pretende impulsar la contratación pública para el diseño de soluciones innovadoras con una especial atención a las startups.
Las administraciones públicas pueden recurrir a los encargos in house hacia entes personificados participados por un elevado número de ellas siempre que se cumplan los requisitos del artículo 12.3 de la Directiva 24/2014. Dicho precepto impone el control del medio propio conjunto disponiendo el alcance del mismo. Hay que superar la visión capitalista del control análogo conjunto y evolucionar a la visión funcional y operativa del mismo cristalizada en la Directiva después de una larga evolución jurisprudencial.
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Nuestros colaboradores
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Abogado Senior de Derecho Administrativo en Hogan Lovells -
Abogada Senior en la Asesoría Jurídica de GRUPO EULEN, especializada en Derecho Administrativo y Contratación Pública -
Abogado ejerciente en el Departamento de derecho administrativo, urbanismo y medioambiente del despacho J&A GARRIGUES SLP (Counsel), oficinas del País Vasco y Navarra. -
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza -
Director de la Especialización en Contrataciones Públicas de la Universidad Austral -
Técnico de gestión de contratación pública -
Asesor en el Ministerio del Deporte de Ecuador.


