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Opinión

06/02/2023
30/01/2023
24/01/2023
23/01/2023
Xavier Codina García-Andrade
Abogado del Área de Público, Procesal y Arbitraje y profesor de Derecho Administrativo en CUNEF. Doctor en Derecho.

El artículo 204 LCSP, que regula las modificaciones previstas de los contratos del sector público, permite modificaciones previstas en los pliegos de hasta un máximo del veinte por ciento del precio inicial. El ordenamiento español se desvía así del tenor literal de las Directivas de contratación, adoptando un enfoque más restrictivo respecto a las modificaciones previstas. ¿Y si ese límite, introducido durante el debate Parlamentario, fuese contrario al Derecho de la Unión y a los objetivos que la regulación europea en la materia persigue?

18/01/2023

Nuestros colaboradores

  • Profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de La Laguna
  • José Cano Larrotcha
    Abogado y Consultor en ACAL (Abogados y Consultores de Administración).
  • Titulado Superior Especialista en la Secretaría del Consejo y Dirección de Asuntos Jurídicos de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Patrono y Secretario del Patronato de la Fundación SEPI, F.S.P.
  • María Fuensanta Gómez Manresa
    Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Murcia.
  • Pedro Cerqueira Gomes
    Advogado Cerqueira Gomes e associados, RL; Professor Convidado UCP Porto
  • Jefa del Area de Contratación de la Agència de l’Habitatge de Catalunya (Jefa del Área de Contratación de la Agencia de la Vivienda de Catalunya)
  • Profesor Contratado Doctor. Director del Observatorio Internacional de la Regulación de las Entidades Públicas. Director del Servicio Outside Counsel. Secretario del Departamento de Derecho Público. Director del Master en Protección de Datos