Opinión
En estas breves líneas tratamos de responder a la cuestión planteada, que resulta en cierto modo controvertida, a la vista del silencio de la Ley a este respecto y de la opinión contradictoria de algunos tribunales administrativos en materia de recursos contractuales.
El Consejo de la Unión Europea exige a España que garantice una mayor transparencia en la contratación pública dentro de las medidas para la reducción del déficit público.
Al realizar una revisión teórica sobre investigaciones referidas al diseño de un prototipo de Sistema de Contrataciones Públicas electrónicas que abarque las modalidades de selección de contratistas establecidas en las Leyes de Contrataciones Públicas locales, se tiene que han sido pocos los trabajos en donde se desarrolle la idea de la automatización de las contrataciones públicas.
Esta instrucción sigue la línea iniciada por otros gobiernos autonómicos, provinciales y locales que han aprobado numerosas instrucciones, en un intento de implementar el uso de principios de actuación sostenibles social, ambiental y económicos y es deudora de sus contenidos y experiencias.
El autor hace especial hincapié en el tema del cambio en la contratación electrónica, como algo significativo que hay que abordar, especialmente por las Administraciones Públicas.
Se trata del principio de la libre concurrencia o igualdad de trato, uno de los principios generales de la contratación que ha obtenido un continuo reconocimiento normativo, tanto en clave comunitaria como nacional, así como por las distintas instancias jurisprudenciales, junto a la de los actuales tribunales administrativos de recursos contractuales.
El Gobierno de la Generalitat de Catalunya ha aprobado el decreto ley 3/2016, de 31 de mayo, de medidas urgentes en materia de contratación pública (DOGC de 2 de junio). Cuando escribo estas líneas no tengo conocimiento que el Parlamento catalán haya validado la norma.
Francisco Hernández González, de la Universidad de La Laguna, comparte con el Observatorio de Contratación Pública este artículo de opinión donde analiza ciertas cuestiones relacionadas con la línea del AVE Madrid-Barcelona.
Nuestros colaboradores
-
Consejero Técnico. Oficina de Innovación Social. Dirección General de Contratación y Servicios. Ayuntamiento de Madrid. -
Autónoma. -
Socio del Área de Derecho Público en RSM Spain en Valencia. -
Profesor agregado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat Autònoma de Barcelona. -
Responsable del Departamento de Derecho Administrativo de ARPA Abogados Consultores -
Abogada en el Departamento de Derecho Público de Eversheds Sutherland. -
Catedrático de Derecho Económico en la Universidad de Bristol, Reino Unido.


