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Obcp - Opinión

Opinión

10/07/2017

El artículo 40.4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público excluye del recurso especial en materia de contratación a los procedimientos de adjudicación que se sigan por el trámite de emergencia. A pesar de ello el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en una reciente resolución, se ha declarado competente para conocer de un recurso interpuesto contra una actuación calificada de emergencia por un órgano de contratación.

03/07/2017
Carlos Yáñez Díaz
Letrado de la Comunidad de Madrid. Letrado secretario de la Comisión Jurídica Asesora.

El proyecto de ley de contratos amplía el plazo para resolver las resoluciones contractuales pero no contempla la caducidad de modificados negativos y resalta las dificultades de la aplicación “subsidiaria” del procedimiento administrativo.

26/06/2017

La contratación pública electrónica nos va a reportar beneficios: centraliza la información y permite así compartirla con mayor agilidad; automatiza los procedimientos de conformidad con la normativa haciéndolos más simplificados y más y mejor documentados.

19/06/2017
Isaac Martín Delgado
Profesor Titular de Derecho Administrativo. Director del Centro de Estudios Europeos de la Universidad de Castilla-La Mancha.

La traducción de la innovación tecnológica en innovación administrativa es uno de los grandes retos que tenemos planteados todos aquellos que, en mayor o menor medida, estamos vinculados a las Administraciones Públicas.

12/06/2017

El Acuerdo 64/2017, de 22 de mayo de 2017, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA), admite el recurso especial en materia de contratación planteado frente a un acto de trámite no cualificado.

05/06/2017
Estela Vázquez Lacunza
Técnico Superior de Apoyo. Cuerpo Superior Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.

29/05/2017
Carlos Melón Pardo
Abogado. Área de práctica de Derecho Administrativo y Sectores Regulados.

El régimen especial de este tipo de contratos, que destaca por su laxitud respecto de las normas generales contenidas en el TRLCSP, se comunica a la impugnación de las decisiones adoptadas por el poder adjudicador, que no son susceptibles de recurso especial en materia de contratación. Se trata de una anomalía que debería ser corregida.

22/05/2017

La utilización de la contratación pública estratégica vive en España una etapa dorada.

Nuestros colaboradores

  • Miguel Agustín Lico
    Abogado(Universidad del Salvador) Tte. Gral. Juan Domingo Perón 1818 (Ciudad de Buenos Aires)
  • Docente Ordinario del Departamento de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
  • Responsable del área jurídica y contratación del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC), consejería de Educación y Formación Profesional, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  • Ángel Zugazagoitia Marzana
    Letrado del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas
  • Head of Public Procurement of innovation en Zabala Innovation
  • Abogada. Mediadora
  • Doctoranda en Derecho administrativo en la Università degli Studi di Catania