Opinión
El presente artículo resume un trabajo realizado con el objetivo de definir un modelo que se configure como una opción de expresión estándar para la valoración del criterio precio en una licitación pública.
El propósito de esta nota consiste en aportar algunos elementos de valoración crítica del enfoque adoptado por la Ley 9/2017 en la materia de encargos a medios propios e instrumentales.
A propósito del debate sobre la desaparición de las instrucciones de contratación y de los procedimientos de adjudicación aplicables.
Algunas consideraciones a la luz de la nueva Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre.
Con la promulgación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, hacemos un repaso de la normativa legal sobre la materia, que se inicia con la Ley de Bases de 1963.
La LCSP mantiene un régimen específico sobre la subsanación de errores, y las indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras.
La prestación de servicios públicos es una nota esencial en un Estado social que pretende preservar un modelo de equidad y garantizar prestaciones a toda la ciudadanía en régimen de regularidad y continuidad.
La lista de flagrantes incumplimientos de los principios establecidos en el artículo primero del texto todavía vigente en materia de contratación pública es propia del más inspirado Michael Ende.
Nuestros colaboradores
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Abogado. Asociado en el área de Derecho público y sectores regulados de Dentons. -
Legal Procurement Consultant en CORVERS Commercial & Legal Affairs -
Letrado de la Administración Sanitaria en Servicio Andaluz -
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada y MBA por el Instituto de Empresa. -
Abogado y doctorando de la Universidade de A Coruña. -
Abogado colaborador sénior del Departamento de Derecho Público del despacho Roca Junyent -
Director Jurídico de la Empresa Municipal de Aguas y Saneamiento de Murcia S.A. (EMUASA).


