Opinión
Algunas propuestas para mejorar la calidad, integridad, estrategia y agilidad en las contrataciones públicas.
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El debate suscitado por la eventual introducción del precio como único criterio de adjudicación en los contratos públicos evidencia un profundo desconocimiento del modelo europeo vigente. Tanto la normativa como la mayoría de doctrina insisten en que la contratación pública no debe orientarse al menor coste inmediato, sino al valor económico y social generado por la mejor relación calidad-precio. Convertir el precio en el único parámetro de decisión no simplifica el sistema: lo empobrece, socava la eficiencia y contradice los principios de proporcionalidad, transparencia y buena administración que sustentan la Ley de Contratos del Sector Público.
La reciente aprobación del I Convenio Colectivo de Andalucía de Contratos Públicos de Servicios Deportivos supone un punto de inflexión en la configuración de los presupuestos base de licitación, al tiempo que aporta estabilidad y previsibilidad al sector deportivo andaluz.
Nuestros colaboradores
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Director de Estudios y proyectos en Optima Facility -
Abogada del Departamento de Derecho Administrativo y Regulatorio de Cuatrecasas. Especializada en Contratación Pública y Energía e Infraestructuras. Colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (Col. nº 128720) -
Consultora e investigadora de Corvers Procurement Services B.V. -
Funcionaria de la Junta de Andalucía. -
Abogado. Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha
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Socio de las áreas de Litigación y Arbitraje y de Derecho Administrativo -
Jefe de Sección de Gastos Generales de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres


