Opinión
Hoy quiero traer a colación la interesante Sentencia 180/2021 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de A Coruña, de 23 de noviembre de 2021, que ha estimado nuestras pretensiones en materia de contratación.
La incorporación de criterios sobre igualdad de mujeres y hombres en la contratación pública ha tenido poca relevancia práctica hasta el momento. Ahora que la pandemia COVID-19 ha agravado la brecha de género y que la igualdad de mujeres y hombre será uno de los ejes que guiarán la recuperación debería producirse un avance en la utilización de los criterios de igualdad en los contratos públicos, pero para ello es necesario elaborar una estrategia.
Los pactos de integridad vuelven a estar de actualidad, vinculados a la aprobación de los Fondos Next Generation EU, la aprobación de los planes de medidas antifraude y a la necesidad de controlar las inversiones realizadas. La cuestión que se pretende responder es si se trata de una herramienta adecuada para llevar a cabo esa función de control, qué aporta frente a mecanismos previamente existentes y si se puede aprender algo de las experiencias desarrolladas en España y en otros países de la Unión Europea.
Nuestros colaboradores
-
Jefe de la Asesoría Jurídica Compañía Española de Seguros de Credito a la Exportacion SA (Sociedad Mercantil Estatal) -
Técnico de Estudios y Licitaciones en Grupo OHLA -
Directora del Área legal de e-administración en Guadaltel,S.A. -
Jefe de Servicio en el Ayuntamiento de Valencia -
Personal investigador en formación (FPU-MECD) en el área de Dcho. Admvo. de la Univ. Pablo de Olavide de Sevilla. Doctorando en Dcho. Admvo. -
Socio de las áreas de Litigación y Arbitraje y de Derecho Administrativo -
Profesora de Derecho Administrativo - Universidad Rey Juan Carlos


