Opinión
Autores: Massimo Ricchi y Michele Cozzio.
Tribunal de Justicia UE, Seguda Sala, 5 de febrero de 2026, C 810/24, Urban Vision SpA, Pres. K. Jürimäe, Rel. M. Gavalec (a raíz de cuestión prejudicial planteada por Consiglio di Stato, sezione Quinta, ordinanza n. 9449 del 25 novembre 2024, Pres. R. De Nictolis, Est. R. Molinaro).
Directiva de concesiones – Procedimientos de adjudicación – Financiación de proyectos de iniciativa privada – Evaluación de la propuesta de financiación de proyectos – Licitación – Derecho de tanteo – Modificación tras la presentación de la oferta – Igualdad de trato, no discriminación y proporcionalidad – Infracción.
La Directiva 2014/23/UE sobre la adjudicación de contratos de concesión (en particular, los arts. 3, apdo. 1, 30 y 41, así como el considerando 68), en relación con el art. 49 TFUE (libertad de establecimiento), se opone a que un Estado miembro reconozca al promotor de un procedimiento de financiación de proyectos un derecho de tanteo que le permita adaptar su oferta a la del adjudicatario inicial y obtener la adjudicación del contrato (con el reembolso simultáneo al adjudicatario inicial de los gastos incurridos en la preparación de su oferta, hasta un máximo del 2,5 % del valor estimado de la inversión).
Doctrina de la STS núm.155/2016, de 16 de febrero, sobre la “cosa juzgada administrativa”.
Autores: Massimo Ricchi y Michele Cozzio.
La propuesta se formalizó (enero de 2026) en el documento de posición elaborado de común acuerdo con el Comité Nacional Italiano de PIARC - Asociación Mundial de la Carretera (presidido por C.A. Gemme). El documento de posición, en su conjunto, fue redactado por los miembros del Comité Técnico 1.3 Finanzas y Contratación Pública de PIARC Italia, presidido por F. Iacovone, con la participación de Enrico Al Mureden, Marco Cerritelli, Gianluca Cossale, Michele Cozzio, Patrizia Cutrupi, Christian D’Orazi, Amedeo Gagliardi, Francesco Longo, Margherita Marrale, Laura Montanari, Matteo de Pamphilis, Massimo Ricchi, Pasquale Rosato, Carlo Russo, Gregorio Torazzi, Rocco Totaro.
PIARC, Asociación Mundial de la Carretera, es la asociación internacional más antigua que se ocupa de la ingeniería vial, la política vial y la gestión de las redes viarias, y tiene como objetivo fomentar el progreso en el ámbito vial en todos sus aspectos, con el fin de promover el desarrollo de las redes viarias, estudiar los problemas de la seguridad vial y representar el punto focal de intercambio de tecnologías viales en el mundo. Este objetivo se persigue mediante el intercambio y la difusión de los resultados obtenidos en las investigaciones realizadas por los distintos países. Para la sección italiana, véase www.piarc-italia.it.
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Jefe de la Asesoría Jurídica de la Consejería de la Presidencia. Gabinete Jurídico. Junta de Andalucía. -
Socio del departamento de derecho administrativo, urbanismo y medio ambiente de Garrigues. -
Oficial de Cumplimiento en materia de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (compliance officer) -
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Técnico Superior en la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno de la Junta de Castilla y León. -
Consejero del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas
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